| Claves: Mezquita, Islam, 
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    adoración, 
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    |  Pregunta:  Quería consultarte lo 
    siguiente: 
 En una pagina judia leí la misma afirmacíon dada por tí. (omitido)
 Pero me quedo una duda, la cual es la siguiente: si bien para un judio esta 
    prohibido ingresar a una iglesia cristiana, sea catolica o protestante, no 
    lo es ingresar a una mesquita( según lo afirmado en esa pagina)
 
 No logro entender bien porque en una la prohibición es absoluta y en otra 
    relativa, ya que aparentemente debería ocurrir lo mismo, no sería acaso 
    decir alabado sea Ala y el profeta Mahoma, poder caer en idolatria o 
    tropezar en ella.
 PD:El jueves 24 cumplo 27 te pido que me tengas en tus oraciones.
 Rodrigo D. Edad 26
 País: Argentina
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 Feliz cumpleaños, y que su vida sea llenada de bendición y luz de parte del 
    Eterno.
 De acuerdo a la normativa judía, los dogmas de 
    fe básicos del cristianismo, en cualquiera de su centenas de variaciones, 
    hacen que esta religión sea considerada como idolatría para el judío.Por lo tanto, los lugares dedicados a la adoración a su deidad están 
    absolutamente prohibidos de ser visitados, elogiados, recorridos o ingresar 
    a ellos (a no ser que sea por una cuestión de vida o muerte).
 Más allá de si hacen uso de imágenes prohibidas para adoración o no, ya que 
    el problema no radica solamente en estos íconos contrarios a la divina 
    Voluntad, sino en los mismos fundamentos de la fe que es ajena al Uno y 
    Único.
 Y, aunque no sea evidente, no es la promulgación de un dios ajeno a Dios, ni 
    la adoración de más de una deidad el problema más candente; sino la total y 
    enceguecida fe que distorsiona el mensaje de la Torá, y desprecia el mensaje 
    explícito de Dios.
 Concurrir a una iglesia, es dar un voto a favor de lo que está activamente 
    contrariando a Dios y Sus representantes por Él elegidos.
 (Entre decenas de fuentes, citamos: Shulján Aruj Ioré Deá 
    150; Shaj Ioré Deá 149:1; Shu”t Tzitz Eliezer 14:91; Shearim Metzuianim 
    Bahalaja 187:9; Shu”t Igrot Moshé Ioré Deá 3: 129,6).
 Pero, en cuanto a las creencias esenciales del 
    Islam las autoridades rabínicas disienten, pues todos están de acuerdo que 
    pueden ser tomada como monoteísta, sin embargo, y a pesar de esto, están 
    aquellos que la consideran idolátrica (pues veneran una 
    deidad que no es el Uno y Único Dios que entregó la Torá; desprecian la 
    veracidad y divinidad de la Torá; aceptan falsos profetas como mensajeros 
    del Eterno, etc.). (Ver por ejemplo en Shu"t  Tzitz Eliezer (del Rav 
    Waldenberg) 14:91 a partir del Ran a TB Sanhedrín 61b).
 Lo que es indudable para cualquier autoridad halájica, es que la 
    frase que asegura el estatus profético de Mahoma y lo ubica como adalid de 
    la profecía, es una reverenda falsedad hija/hermana de la idolatría 
    (¡sino del delirio!), y la veneración de Allah NO es reverenciar al 
    Eterno, aunque Allah sea indicado como uno al estilo de como lo es Él.
 Por consiguiente, para la mayoría de las autoridades el aspecto de la 
    idolatría no serviría como impedimento normativo para ingresar a una 
    mezquita, si bien no al momento de los rezos que en ella se realicen, 
    precisamente para que no sea como tropiezo al que es fiel a Dios.
 Y para el menor número de autoridades, una mezquita es un lugar prohibido de 
    concurrir, en toda ocasión, debido a su carácter de representar el culto 
    idolátrico.
 Nuevamente, el sitio está vedado no por estar adornado con imágenes
    aborrecibles (que no contiene), sino por servir 
    como símbolo de la creencia religiosa ajena y que rechaza a Dios.
 ¡Pesaj kasher vesameaj! Antes de despedirme, un recordatorio:
    ¿Ya ha colaborado con 
    nuestra tarea sagrada? Que el Uno y Único Dios bendiga a quienes le 
    son fieles servidores,
    y que 
    sepamos construir Shalom, Iebarejejá H'.  Yehuda Ribco  
    comentario@serjudio.com?subject=Rap2171 |