Lic. Prof. Yehuda Ribco // Jeshvan 3, 5765 - 18/10/04 |
|
|
|
Gentil: conversión y divorcio | |
Claves: Divorcio, separación, casamiento, matrimonio, religión, gentil, mandamiento, precepto, ley, legislación, profecía, Dios, religión, Midrash, Talmud, Rabino, rabínico, oral, Torá, estudio, bíblico, Biblia, Israel, israelita, hebreo, judío, judaísmo | |
Pregunta:
Estimado Sr. Yehuda Hildrun G. Deben incluir en todos sus mensajes para nosotros su nombre y apellidos completos, edad, profesión o actividad, el nombre de la ciudad y país donde vive. Si falta alguno de estos datos, probablemente su email no sea respondido de ningún modo. Presten atención a las REGLAS, gracias.) |
|
Shalom, Desde el punto de vista de la legislación judía, hay solamente dos matrimonios que son legalmente válidos:
Cuando una persona ha dejado de ser gentil, por convertirse formalmente al judaísmo de acuerdo a las normas judaicas vigentes, su enlace conyugal religioso previo es nulo y carente de valor. Pero lo que sí mantiene su valor es el matrimonio civil. Así pues, la persona convertida que desea casarse con su nueva pareja, esta vez judía, debe proceder a divorciarse de acuerdo a las leyes civiles de su país. De no existir matrimonio/divorcio civil en su país, y solamente religioso, entonces desde el momento de la conversión al judaísmo, no está legalmente vinculada a su pareja anterior. ¿Colaboró usted ya con SerJudio.com? Si le quedan dudas, hágalas saber. Shalom. Yehuda Ribco E-mail: comentario@serjudio.com |
|
|
©2004
Yehuda Ribco,
Montevideo, Uruguay. ___Queda
terminantemente prohibido el uso de estos textos para fines de idolatría: |