LaH’ Haaretz UMeloa
– Abril 2001 – Nisán 5761
Editor: Licenciado en Psicología Prof.
Yehuda Ribco / Darjey Noam
LA INQUISICIÓN en España
recopilación
y comentarios
bajo responsabilidad del Lic. en Derecho I.C.P. (España),
basado sobre la obra «Historia de la Iglesia en España»,
(Ricardo García Villoslaba. Madrid 1974. Biblioteca de
Autores Cristianos).
UNA TRISTE SINFONÍA
en Cuatro MOVIMIENTOS
PARTE PRIMERA INTRODUCCIÓN
(Romanos y Visigodos) «Moderato»
PARTE SEGUNDA
(Nacimiento de la Inquisición) «Adagio»
PARTE TERCERA (El
encuentro y el encontronazo: Edad Media en España y Edad Moderna)
«Scherzo»
FINAL «¿Finale?»
Aunque el tema es la Inquisición es
necesario ver los antecedentes de la relaciones entre los
gentiles (pre-hispánicos) y los judíos antes del establecimiento de la
misma.
PARTE PRIMERA INTRODUCCIÓN. (Romanos y
Visigodos)
No se sabe bien cuando llegaron lo judíos a
España, pero si se sabe que ya estaban en tiempos de los
romanos, antes incluso de la diáspora. No parece que en tal
periodo existiesen especiales problemas.
Con la llegada de los visigodos (siglo V e.c.), la cosa
cambia. Al
naciente estado, compuesto por antiguos celtíberos y romanos
en su mayor parte con una minoría de visigodos dominante, le
preocupa la falta de unidad, para ello favorece todo aquello
que le sirve de factor de unión, sea un enemigo común, (los
bizanztinos, entre otros, que estaban situados al sur de la península)
y una religión común para la que se sirven del cristianismo
católico. Con ello Iglesia y Estado van a tener objetivos
semejantes, y sólo una minoría se resiste a integrarse a la
nueva unidad, tanto racial como religiosamente. Ello preocupa
por igual a los visigodos como a las autoridades eclesiásticas.
Sirva
como ejemplo el hecho de que los títulos III y XII del fuero
juzgo están dedicados íntegramente a la cuestión judía y
la abundancia de concilios, que se producen durante tal época,
contra los judíos.
Todo comienza con el rey RECAREDO (586-601), el primer rey visigodo
convertido a católico. Él es primero en legislar contra
ellos prohibiéndoles tener esclavos cristianos y desempeñar
cargos públicos. (Este monarca desea la unidad racial,
favorece la unión entre los diferente elemento étnicos y
establece una unidad entre todos los habitantes de la península;
por ello se desconfía del judío que realiza su vida aparte y
no quiere integrarse en la nueva unidad religioso-estatal.) El
Rey quiere su conversión al cristianismo, por ello solicita
el Tercer Concilio de Toledo (589) en el que pide trabajar por
la unidad de fe «para evitar la divergencia de religión
que habrá de ser un semillero de continua discordia entre las
diferentes gentes». El reino no es fuerte, y no le
interesa nada una minoría que no se mezcla.
SISEBUTO (612-621) dicta aún leyes más duras, y manda se castigue
con azotes multas y la pérdida de la hacienda al judío que no
cumpla lo establecido en el III concilio de Toledo, antes
citado. En el 616 ordena una conversión general de todos los
judíos del reino o su salida del territorio (tras recibir
cien latigazos), con confiscación de bienes a los que se
negasen. El incipiente nacionalismo visigodo sigue buscando
puntos de unión, la religión es el factor principal, por
ello se sirve de ella, y marca como enemigo todo aquél que no
la acepta; no podía tolerar que un grupo le rompiera su
pretendida unidad (uniformidad) religiosa. El judío debía
bautizar a su hijo.
Algunos eclesiásticos, como San Isidoro, critica la
actitud del rey, y dice que la conversión se debe lograr por
medio de la razón y la predicación (así se proclama en el
concilio IV de Toledo marcando la necesidad de que se
conviertan pero sin ser obligados). No obstante, los ex-judíos,
ya convertidos, que quieren volver a serlo se decreta que no
pueden,
junto a las prohibiciones anteriormente citadas (no cargos públicos
y no tener esclavos cristianos). Además, se ordena que sean
separados
los hijos de sus padres para que no sean contagiados con la
maldad de éstos. Los hijos serán entregados a monasterios o
familias muy cristianas. Se les quita el derecho a testificar
y se les obliga a seguir siendo cristianos. Pese a la dureza
de los términos utilizados en este concilio, la verdad es que
no se tomaron medidas contra ellos, ni en sus cuerpos ni en
sus haciendas; Así en el año 638 (año en el que la fiebre
anti-judía va en aumento al conocerse que los musulmanes
llevaron a cabo unas matanzas de
cristianos en Siria, Palestina y Egipto, donde, se dice, los
judíos son bien tratados), el PapaHonorio I acusa a los
obispos españoles de ser perros que no saben ladrar ante el
peligro judío.
Así llegamos al año 653 en el que se convoca, por
RECESVINTO (653-672) el concilio VIII de Toledo. El rey solicita que se
trate a los judíos como enemigos, y dice que o se convierten
por los esfuerzos de devoción de la Iglesia, o por la
«venganza de nuestro castigo»… Ahora va a ser
condición para ser rey, ser seguidor de la fe cristiana y
defenderla de la amenaza de la infidelidad de los judíos y de
las ofensas de las herejías. Existe el miedo de conversiones
al judaísmo, y se prohíbe que el esclavo de judío sea
convertido al judaísmo (tener en cuenta que el cristiano ya
no podía ser esclavo, así pues la medida era para
«proteger» a los paganos que aún quedaban.)
ERVIGIO (680-687) intenta, mediante nuevas leyes «extirpar de raíz
la peste judaica». Los judíos debían abjurar de su fe
delante del obispo, y pide al concilio XII de Toledo (681) que
apruebe su legislación. Encomienda a los jueces eclesiásticos
(y no a los civiles como hasta ahora) el deber de vigilar que
se cumpla lo que impone. Los judíos se tendrán que presentar
todos los sábados y días festivos (judíos) ante el obispo o
sacerdote, para que muestren que no celebran sus ritos. Si el
juez, obispo o sacerdote no cumple su función será castigado
por su tolerancia, con una excomunión de tres meses y un pago
de una libra de oro al rey… Además, todo esclavo de judíos
que se convierta al cristianismo será recompensado con la
libertad, (de un plumazo se favorece al cristianismo y de otro
se perjudica al judío que no podrá competir con el cristiano
en una economía en la que la esclavitud era esencial). El
concilio acepta.
EGICA (687-702) se dirige al XVI concilio de Toledo (693) para que
acepte su nueva legislación y este acepta. Se prohíbe al judío
a negociar en mercado con cristianos. Al que se convierta
«de corazón» se le exonera del pago del impuesto
especial por ser judío (pero su parte será pagada por los
judíos que no se convierten). Además cuanta tierra y bienes
hubiesen sido comprados a cristianos, les serán quitados y
entregados al fisco con indemnización que el fisco estimase.
Este monarca se dirige al XVII concilio (694) pidiendo más
medidas anti-judías ya que los judíos conspiran contra la
monarquía. (Tal conspiración existía, motivada por
la dureza y arbitrariedad de las leyes anti-judías, que
obstaculizaban la vida. Se fomentó la conspiración dado que
había una fuerte comunicación entre los
judíos de la península y los del norte de África, y, allá
se estaba preparando la invasión árabe, en la que, éstos,
esperaban la cooperación de los judíos, cooperación que sí
se produjo). La verdad es que fue un rey que se sintió dolido por
su propia ingenuidad, en sus primeros años de reinado revocó
mucha legislación anti judía con la esperanza de que el judío
se convirtiera «por las buenas». Pero no fue así, y
el monarca sintió que el judío había abusado de su
confianza. Ahora, con las noticias de la conspiración, las
acusaciones se sucedieron, y se aplicaron duras penas a todos
los judíos sin distinción, tanto los que participaban en la
conjura como a los que no. Muchos judíos son asesinados y los
supervivientes convertidos en esclavos, a los cristianos que
van a ser amos debían comprometer a no dejarles realizar sus
ritos, y los hijos de los judíos, a los siete años, serán
entregados a familias muy cristianas para que los eduquen. Ante
esta cada vez más desesperante situación, a los judíos ayudaron en todo lo que pudieron a
la invasión musulmana. (Ayuda que los musulmanes
reconocieron, y premiaron, aunque sólo en los primeros años).
Los judíos creyeron ver en los árabes la salvación de su
sucesiva (y aparentemente sin fin) opresión.
Si lo que las autoridades pretendían era la unidad… lo
que se consiguió era un odio a la Iglesia y al Estado, y que
participaran en cuanta revuelta había. (Antes de la invasión,
que en realidad fue solicitada por los propios visigodos rebeldes contra
RODRIGO (710-711), habían participado en otras
revueltas como la que se produjo contra el rey WAMBA (672-680)
dirigida
por el Conde Paulo). Por otra parte en toda Europa, con los
nacientes nacionalismos, sucedía lo mismo.
PARTE SEGUNDA (Nacimiento de la Inquisición)
La Iglesia católica estaba preocupada con la cuestión de
«la pureza de la fe»; Los frentes de guerra se le
acumulaban en el siglo XIII, realizaba llamamientos contra los
musulmanes con el fin de «liberar» Tierra Santa.
Sostenía, también, guerras contra «otros
cristianos» (en 1204 la cuarta cruzada toma Bizancio, en
1205 empieza la «cruzada» en Francia contra los
Albigenses o cátaros). Aunque es cierto que, en tales
empresas, existía unos claros intereses políticos y
comerciales, pero no es menos cierto los «sinceros»
intereses de guardar lo que se denominaba, y se sigue
llamando, «pureza de fe, o de dogma». En esta época
nace la inquisición.
En el fatídico año de 1223 el Papa Gregorio IX promulgó
una bula que establecía la <
Cuyo fin sería el de «desarraigar la herejía donde
quiera que se encontrase». (Nótese que habla de herejía,
eso supone dentro del cristianismo, aunque fuera ajena a la Iglesia católica que se abrogaba el derecho de ser única
representante del cristianismo. Así pues, en principio, el no
cristiano debía ser convertido, pero no entraba en la categoría
de hereje; dentro de hereje se entendía a los cristianos de
baja moralidad, que abandonasen la fe, o que mantuviesen
conceptos erróneos contrarios a lo establecido por la Iglesia, también brujería y recaída en la fe antigua, de
especial importancia en musulmanes y judíos conversos). Con
el decreto de Rávena de 1232, se extendería por toda Europa.
Unos años antes, en el 1215 el español Domingo de Guzmán
había fundado una «orden de predicadores» cuyo
objetivo principal fue predicar contra los herejes, ellos serían
los elegidos para administrar la inquisición. Para tal fin
organizaron un ejercito de escribanos, carceleros,
torturadores, guardias. Una vez que alguien era acusado de
herejía podría ser sometido a interrogatorio, en el que se
podría utilizar, de hecho se recomendaba, la tortura (se decía
que a un inocente Dios le daría fuerzas para resistir todo
tipo de dolores y atrocidades). La confesión obtenida de tal
modo era definitiva, y no se consideraba la posibilidad de que
la confesión fuese debida, sólo y exclusivamente, a la
tortura. Si después de un interrogatorio, el que confesaba su
delito de herejía declaraba que se había declarado culpable
por miedo o dolor, era considerado «hereje relapso»
y se le consideraba culpable de modo concluyente e
irreparable, su futuro más probable era la hoguera.
Los interrogatorios no tenían limitación, y la dureza
dependía de la imaginación del inquisidor, desde hierros
candentes, arrancar las uñas o dientes, quemar partes del
cuerpo.
Fueron tantos los abusos, que la propia Iglesia quedó
horrorizada de las torturas y excesos de los inquisidores, que
el concilio de Vienne de 1311, durante el papado de Clemente
V, estableció una serie de limitaciones a los abusos de los
inquisidores (hay que tener en cuenta que parte del horror era
debido a los abusos cometidos contra los templarios, orden,
que al fin y al cabo, era de religiosos). Las medidas hoy nos
parecen irrisorias: en las sesiones de tortura debía estar
presente un obispo (se trataba de limitar el poder de los
dominicos) y los inquisidores debían haber cumplido los
cuarenta años (para evitar el ardor de la juventud)… en
cualquier caso no se prohibía la tortura, sólo se
recomendaba «limitar los excesos». El inquisidor
Bernardo Gui protestó diciendo que tales limitaciones harían
más difícil la tarea de la Inquisición. Y las medidas
tardaron en ser efectivas. Ésta era la Inquisición medieval,
la Inquisición moderna en España, se hizo depender de los
reyes, adquiriendo sus propias características, algo
diferentes de la medieval (que dependía de la propia Iglesia).
PARTE TERCERA (El encuentro y encontronazo:
Edad Media en España y Edad Moderna)
Con la invasión musulmana todo cambia para el judío en la
península
A LOS JUDÍOS QUE VIVEN EN EL LADO MUSULMÁN, en un
principio, bien fuera por agradecimiento, bien porque los árabes
eran una minoría que se veía obligada a pactar con otra
minoría, el caso es que los judíos fueron bien tratados, con
amplias facultades de autogobierno. Además, al carecer
aquellos de cuadros preparados, recurrían a estos para las
funciones de administrador. Las juderías crecían al venir
judíos desde lugares menos favorecidos. Aunque hay que
destacar que la tolerancia religiosa, de estos primeros
tiempos, afectó por igual a judíos y a cristianos. Pero, al
estar más seguros los nuevos conquistadores en sus señoríos,
comenzaron a limitar la influencia judía, y los judíos (y
cristianos) debían someterse a iguales normas, pudiendo
comprar su libertad religiosa a cambio de un impuesto
especial. Con la creación del Emirato (756) los judíos seguían
siendo tolerados, su grupo iba en aumento (al contrario que el
de cristianos que emigraban al norte). Y la libertad de culto
era absoluta dentro de sus propios edificios religiosos, la
enseñanza del Talmud era libre de restricción alguna. Con la
caída del emirato y el nacimiento de los reinos de Taífas
(S. XI e.c.),
la situación no varió salvo en dos nefastos períodos de
absoluto fanatismo del primer etapa almorávide (1086-1106) y
la aparición de los almohade (1147) que, dispuestos a
eliminar toda disidencia religiosa, persiguieron por igual a
cristianos y a judíos. Muchas juderías dejaron de existir,
muchos, incluso, prefirieron emigrar a los territorios
cristianos del norte. Los que se quedaron tuvieron una vida
difícil, a partir de entonces, entre otras medidas, estarían
obligados a llevar ropa con distintivos.
¿Y LOS QUE VIVEN EN EL LADO CRISTIANO?
Durante los siglos VIII al XI la vida de los judíos del
norte era de menor nivel (tanto económico como intelectual)
que la de sus hermanos del sur. Las tierras cristianas estaban
sometidas a una precaria economía de subsistencia, con lo que
es de suponer que existió una emigración hacia el sur, pero
poco sabemos de ello. Todo cambia a partir del siglo XI,
momento en el cual los
reinos cristianos comienzan a levantar cabeza, y a
reconquistar territorios a los árabes del sur; al tiempo la
intransigencia del sur hace que existan migraciones de judíos
hacia el norte. Los reyes cristianos los reciben encantados de
que existan personas para repoblar los nuevos territorios recién
conquistados, además que representaban el relanzamiento de
una incipiente actividad comercial. Las juderías comienzan a
crecer. Entre 1148 a 1348 se produce una edad dorada del judío
en España. El judío tiene, en esta época en los reinos
cristianos del norte, un estatus privilegiado, pues se le
considera hombres libres dependientes directamente del rey…
(y cuanto mejor era depender del rey que no del señor feudal
de turno). El judío estaba protegido por el rey, y sustraído
de cualquier jurisdicción inferior a la del rey. Era un
vasallaje directo a la corona, se penalizaba duramente toda
falta o atentado contra ellos y muchos fueros los reconocen en
igualdad de derechos que el resto de la población. (El
depender de la corona tenía toda esta parte positiva, pero
también estaban sometidos a los caprichos del monarca, ya
que, en cierto sentido, eran propiedad del rey, que si bien
los excluía de la esclavitud, al tiempo eran blanco de las
iras populares contra el monarca, pues las revueltas querían
atentar contra el «patrimonio» real). Es cierto que
existieron legislaciones concretas en las que se limitaba la
validez del testimonio de un judío, o se sometía a juez
cristiano las controversias entre judío y cristiano, pero
también existieron tribunales mixtos para estos casos. A
cambio de la protección real pagaban un impuesto especial que
permitía al rey sufragar sus costosísimas guerras… con lo
que la protección tampoco era tan desinteresada. Pero en
general la convivencia era buena, y los judíos podían
autogobernarse con sus propias leyes, sin la intervención de
autoridades civiles.
El fuero real y la Ley de las siete partidas establecían
dos principios: Por una parte se establecía la tolerancia
religiosa como norma general: así tenía el derecho de
practicar libremente su ley dentro de sus sinagogas, a enseñar
a sus adeptos en sus propias instituciones, los lugares de
cultos eran inviolables, tenían cementerios propios, derecho
a que se les respetara el sábado, de forma que ni un patrono
cristiano podría hacer trabajar a un judío en sábado, ni
ser citado en juicio (una sentencia contra ellos dictada en sábado
es nula, al no poder comparecer el judío), ni nada que
rompiese el descanso sabático. No se les puede convertir a la
fuerza, (sólo mediante «buenos exemplos»). Al
cristiano que viole los derechos de los judíos, les tome
prenda, fuerce al judío, les robe, etc. será castigado (por
ejemplo caso de robo le debe devolver el doble de lo que le ha
robado). Al judío que se convierta al cristianismo se le
garantiza igualdad de trato absoluta con el resto de los
cristianos.
Pero por otra parte, si bien se reconoce el derecho del judío
a cambiar de religión, y se protege al judío converso de la
«ira de otros judíos», lo que no se reconoce el
derecho a realizar proselitismo entre los cristianos, tal cosa
llevaría a la pena capital.
Había otras restricciones: los judíos no podían salir de
sus casas en viernes santo, se les prohibía ocupar lugar
honrado u oficio público (tales eran Papa,
cardenal, patriarca, arzobispo, obispo, emperador, duque,
conde, o cualquier oficio honrado de los que pertenecen al señorío
seglar. Esta es la enumeración que hace la propia partida).
Pero ello no les impide subir puestos por la administración
del estado, y de la propia Iglesia, especialmente la hacienda
estatal, encargándose del cobro de impuestos, lo que, a la
larga, les irá haciendo muy impopulares al asociarse al judío
con el recaudador de impuestos. Otras prohibiciones serán las
clásicas de que tengan criados cristianos, que se bañen con
cristianos, que los inviten a sus fiestas, a tener matrimonios
mixtos con cristianos y «a yacer con una cristiana».
Podían tener esclavos, pero si estos se convertían al
cristianismo recobraban la libertad.
También existían restricciones que no se cumplían, por
ejemplo no se les permitía construir nuevas sinagogas, pero
si reconstruirlas y repararlas. Pero el rey se reservaba el
derecho a darles permiso para hacerlas de nueva planta, con lo
que no existió problema. Fue una medida que se quedó en
amenaza potencial. En la corona de Aragón la situación era
similar a la de Castilla, el judío era «esclavo del
rey» título, que pese a que nos pueda parecer duro,
representaba una situación privilegiada frente al resto de la
plebe cristiana, que estaban sometidos a la
«justicia» de los señores feudales.
Verdaderamente la situación era buena, máxime si se
compara con otras épocas o con otros territorios de Europa o
del mundo musulmán en esa misma época. De ello da prueba la
emigración existente de judíos que vivían en al-Andalus
hacia los reinos cristianos del norte. Incluso se puede decir
que el rey los favorecía, ejemplos:
ALFONSO VI (1072 1109) tuvo judíos en altos cargos de
su administración, al tiempo que los nombraba embajadores,
llegando, el Papa Gregorio VII a amonestar al rey por su
favoritismo en pro de los judíos.
ALFONSO VII (1126 1157) Convirtió a castilla en tierra
de libertad, les permitió construir cuanta sinagoga
quisieran, e incluso, favoreció la causa ortodoxa de los
rabinos contra la herejía caraíta que rechazaba el Talmud.
ALFONSO VIII (1158 -1214) les dispensó un enorme trato de
favor; el rey tuvo romances con una judía a la que la
historia recuerda como «la bella judía toledana
Raquel». La Iglesia les obliga a llevar distintivos
especiales (Concilio IV de Letrán 1215).
FERNANDO III (1217-1252) Repartió tierras (las que quitaba
a los moros) por igual entre judíos y cristianos. Muchas
mezquitas fueron transformadas en sinagogas. Muchas de sus
medidas fueron tomadas por favoritismos por algunos caballeros
cristianos, dando comienzo, de nuevo, el odio antijudío. El
rey dispensa a los judíos de llevar distintivos especiales.
Con ALFONSO X (1252-1284) alcanzan los más altos cargos de la
administración estatal. El rey alaba su capacidad de estudio
y su habilidad para ser diplomáticos y administradores.
Realmente se estaba creando un estado moderno gracias a los
consejeros judíos, que actuaron como secretario reales en la
cancillería. Pero seguían siendo los encargados de la
hacienda estatal. Los odios iban en aumento, junto, ahora, las
envidias, y las leyendas negras, como el asesinato de niños
cristianos. (Nunca habían sido probados, sin embargo
circulaban rumores del uso de sangre de niño cristiano para
ritos judíos… hubo un asesinato que se comprobó y resultó que el asesino
había sido un judío, con lo que «quedaba
probado la maldad judía» y el niño «Dominguito de
Val» (1250) fue canonizado rápidamente y convertido,
pues, en mártir y santo; tal asesinato produjo gran daño a
las comunidades judías.)
SANCHO IV (1284 1295) Obtienen del rey poderes casi
ilimitados sobre las finanzas públicas: podían cobrar,
enajenar y cambiar los bienes de la corona
Con FERNANDO IV Y ALFONSO XI la prosperidad siguió acompañando
a los judíos, con altos cargos y gran desarrollo de las juderías,
que, sin embargo, empezaron a decaer debido al choque social
interno que se producía entre judíos ricos y pobres; en
materia religiosa existía una élite enriquecida, tendente al
laicismo, frente a la mayoría media-baja de observantes. Al
tiempo se generaba un descontento entre la población no judía
contra los judíos por ver a estos (a todos sin distinción)
como cobradores de impuestos y usureros prestamistas que se
enriquecían protegidos por los monarcas.
En el reino de Aragón la situación no era muy diferente.
El crecimiento de las juderías era constante debido al
abandono de al-Andalus, al tiempo que permanecían en las
tierras que los cristianos tomaban a los moros, (y ante la huída
de estos) con un estatuto jurídico muy mejorado. En general
se establecían pactos con los judíos, y también entraban a
formar parte de la administración del patrimonio real (así
ALFONSO I DE ARAGÓN, RAMÓN BERENGUER III ALFONSO II…)
JAIME I (1213-1276) protege ampliamente al pueblo judío, el
cual le ayudó en la conquista de las islas Baleares. Les dio
tierras en Valencia y Baleares, y muchos se convirtieron en
grandes terratenientes. También tuvieron, prácticamente, el
monopolio de la administración del patrimonio real. Sin
embargo el rey fue cambiando de opinión, las acusaciones de
usureros se sucedían junto a la difusión de la leyenda del
asesinato del niño Dominguito del Val (leyenda que aún pesa
a juzgar por las páginas Web que se encuentran sobre el
caso).
Se permite a los dominicos de la corona de Aragón que
realicen esfuerzos para su conversión, se les intenta
apartarlos de la lectura del Talmud. Se vuelven a convocar disputas públicas
entre teólogos y rabinos. Se manda suprimir del Talmud todo
lo que pueda ser ofensivo para el cristianismo, y la Inquisición
medieval actúa contra los judaizantes.
PEDRO III mantiene una
doble actitud, mantiene a los judíos en los cargos públicos,
pero se ordena la obligación de los judíos de escuchar, en
sus propias sinagogas, los sermones de los dominicos. Aunque
se prohíbe las conversiones forzadas.
JAIME II (1137-1186)
los judíos fueron perdiendo los altos cargos que ocupaban, y,
aunque ninguna medida se tomó en contra de las juderías,
estas comenzaron una decadencia.
En el reino de León la situación es similar en relación
con los reyes aunque hay que lamentar más revueltas populares
contra las juderías, y en el reino de Navarra, aunque su
estatuto jurídico era bueno, equiparable al de cualquier
cristiano, la fuerte crisis que sufría el reino hizo que
nunca se desarrollaran las juderías.
PERO… LLEGA EL SIGLO XIV.
Este siglo supone una quiebra de la convivencia, la peste,
la crisis económica, las guerras civiles, la división
interna del judaísmo, y la creciente hostilidad del sector
cristiano, tanto de la nobleza, (celosa del auge social
judaico) como del pueblo en general (que los veía como los
recaudadores de impuestos, y como administradores, culpables
de la crisis económica) lo que dio lugar a ataques a las
juderías y algunas matanzas de judíos.
Debido a la crisis interna del judaísmo se producen
algunas conversiones voluntarias, las tendencia opuestas son
principalmente pietistas, talmudistas y racionalistas. Los
ataques entre ellos los hace más vulnerables a las críticas
cristianas, por primera vez se habla de la posibilidad de
expulsión masiva como había realizado ya, Inglaterra,
Francia, y Alemania.
La Peste Negra complica el asunto, algunos ven un castigo
divino por permitir a los judíos convivir con ellos; otros
inventan la mentira vil de que eran los judíos los causantes
directos de la peste… fuera
lo que fuera se producen ataques furiosos contra los judíos.
En Castilla la guerra civil; el rey legítimo (PEDRO, el
llamado el cruel) protegía a los judíos (leyes de las corte
de Valladolid de 1351) y los judíos lo apoyaron… fue el
bando perdedor.
ENRIQUE II (1369-1379) una vez concluida la
guerra, perdonó, en un primer momento, a los judíos, pero les
impuso pesados tributos, para finalmente poner una serie de
medidas antijudías, como lo de portar distintivos,
confinamiento en sus barrios.
JUAN I, les quita su
autogobierno.
Revanchismo, fanatismo, algún fanático clérigo (Ferrant
Martínez) y la gran crisis, produjeron continuos ataque a las
juderías… Destaca el ataque a la judería de Sevilla, (6 de
junio de 1391) con unos cuatro mil judíos muertos. ¿Causas
religiosas?, ¿No pagar a los prestamistas? El resultado fue más muertos, odios, conversiones no sinceras que a la larga
crearon nuevos problemas: del llamado «problema judío»
se pasaría al llamado «problema converso» Acá si
tendremos a la Inquisición de lleno.
Antes de 1391 no había demasiadas conversiones, incluso se
hablaba de un discreto proselitismo judío hacia los
cristianos, y, más a los no cristianos ni judíos.
Todos estaban de acuerdo en la necesidad de convertir a los
judíos pero discrepaban de la forma. En general se prefería
el cambio tras disputas religiosas o utilizando el fervor de
los ya conversos. Pero, curiosamente, el pueblo cristiano
desconfiaba más del converso que del judío; les imponían
motes como «Tornalizos» aparte de agresividades
verbales, se desconfiaba de ellos, lo que hacía que muchos
regresaran al judaísmo. Las partidas intentan frenar el odio
popular por el converso e imponen la pena capital (por fuego)
a los que maten conversos.
Tras 1391 las conversiones son en masa. Muchos de los que
apoyaran al rey Pedro contra su hermano Enrique, deciden
bautizarse para escapar de posibles castigos reales. El número
de judíos no deja de disminuir al tiempo que medra el de
conversos. Aunque la causa fuera el miedo los «buenos
modos» no cesan, y también se siguen celebrando,
disputas a las que se invitan a las aljamas, (en especial
destaca la de Tortosa de 1413), también las predicaciones, y
se toman medidas para aislar al converso del resto de judíos
(pues normalmente seguían viviendo en las juderías).
La pragmática-ordenamiento de Doña Catalina ordena que los
judíos no podrán vivir más que en un barrio cercado y con
una sola puerta de acceso. No podrán tener sus jueces, no
hacer comercio con cristiano. Y el Papa Benedicto XIII prohíbe
a los judíos que lean y enseñen el Talmud, se recogen todos
los ejemplares de dicho libro y el de Macellun. También se
cierran las sinagogas. (Aunque ante las protestas judíos ante
el Papa se devuelven los libros 7 años mas tarde y las
sinagogas son reabiertas.)
A los conversos se les clasificó, por parte de algún
historiador:
1 SINCEROS.
2 JUDAIZANTES. Los que simplemente siguieron practicando el
judaísmo, visitando en secreto las sinagogas, etc. de normas
de la vida judía.
3 SINCRETISTAS. Mezclaban ambas practicas, a veces por
error, (conversiones forzosas rápidas no dan tiempo a saber que
era ser cristiano), otras veces por no querer abandonar ninguno
de los ritos.
4 INCREYENTES Muchos judíos (sobre todo ricos) descreídos
de toda creencia y religiosidad, se apuntaban al cristianismo
para no perder privilegios, sin que les importase el
cristianismo ni el judaísmo. Muy odiados por el judío
creyente. Se solían casar con la nobleza empobrecida, así
ellos ganaban títulos, y los nobles mejoraban su liquidez.
5 MALSHINES: quizá la peor clase, los que hacían de topos,
dentro del judaísmo pero daban información a las autoridades
para ganar su favor. Delatores.
Pero el pueblo no hacía tales distinciones, y atacaba a
todos, haciendo una vida insoportable para algunos seres ahora
rechazados por el judaísmo y no aceptados por el
cristianismo.
Los reyes Católicos, populistas ellos, echaron a los judíos,
y crearon los estatutos de limpieza de sangre. (Por primera vez
se aplicó en Toledo en 1449 y se expulsa de los cargos de edil
a todos los conversos).
El instrumento favorito de los reyes será la Inquisición.
Si bien en su principio la Inquisición era para el mantenimiento de la fe, en
manos de los reyes católicos, a semejanza de lo ocurrido con
los visigodos, se convierte en un instrumento político. Hay
que señalar, no obstante, que la Inquisición española es
diferente que el resto de inquisiciones medievales, en los términos
que más tarde apuntaré.
En España, la Inquisición estaba establecida en Aragón
desde 1238, (como cité antes) no así en Castilla, que entra
en 1478 ante la solicitud, un año antes por parte de los
Reyes Católicos al Papa Sixto IV. ¿Motivo de tal solicitud?:
El citado problema converso.
Los reyes católicos realizan una petición al
Papa sobre
la base de la existencia en su reino de un gran número de
personas conversas que «sin premio ni fuerza»
tornaban a la observancia y ceremonias judaicas, ejerciendo un
proselitismo tenaz no sólo entre los que pertenecían a su
raza, sino también entre los que tomaban contacto con ellos.
(A mi modo de ver, más que proselitismo hacia el judaísmo,
era una negación de cumplir con los aspectos más idólatras
del cristianismo: una cosa, por ejemplo era bautizarse, otra
era la de rezar a imágenes de santos; y naturalmente se veían
obligados a explicar, que eran cristianos pero no idólatras…
de poco servía)
A tales «cristianos» era dirigida la petición de
control por parte de los reyes, para que el Papa les
concediese una Inquisición. Paradójicamente sin conversos la
nueva Inquisición no habría nacido.
En 1478 el Papa firma la bula «Exigit sincerae
devotiones» y la justifica en la apostasía y
proselitismo judaicos, las guerras, matanzas y otros
disturbios que tales hechos provocan. Los reyes nombran los
primeros inquisidores en Sevilla en 1480. Había colocado en
manos de los reyes un poderoso instrumento de represión, había
nacido una Inquisición moderna, diferente a la medieval y
diferente a la que actuaba en otros estados europeos.
En el XV los judíos constituían una
agrupación perfectamente
caracterizada, sin derecho a ciudadanía, pero dedicados a las
finanzas y a profesiones liberales, sin los privilegios de
antaño. Se les permitía seguir con «su religión»
pero con sus derechos muy limitados. La precariedad producía
algunas conversiones, más o menos aceptadas, pero ante las
conversiones en masa, tras las matanzas, la sociedad cristiana
se sintió incapaz de aceptar a tal número de conversos, no
les creían. A los hebreos que permanecían como tales, los
miraban también con una mezcla de admiración (por su carrera
en alza) escándalo y desconfianza.
Por otro lado los cristianos viejos bien situados no se
plegaban a compartir con los nuevos cristianos los puestos
destacables de la sociedad, poco a poco, en este ambiente de
tensión, los conversos se iban convirtiendo en blanco de las
iras populares, por encima de los judíos que permanecían en
su fe.
Los reyes pensaron que la Inquisición sería el mejor
instrumento para frenar tales enfrentamientos, y crear una
convivencia, al eliminar a los falsos conversos y dejar vivir
en paz a los verdaderos, una vez comprobado que realmente los
eran. Los judíos fieles estaban fuera de la competencia del
tribunal.
Anteriormente el Papa Nicolás V promulgó en defensa de
los conversos una bula «Humani generis inimicus» y
proclamaba la igualdad de cristianos nuevos y viejos, sin
distinción, claro ataque a los estatutos de limpieza de
sangre que se iban estableciendo, pero tal bula tuvo una
escasa vida, y fue derogada un año después en 1450.
EL PROYECTO
En 1477 las acusaciones contra los conversos se acumulaban
(ejemplo era que iban a misa para robar hostias para
profanarlas en las sinagogas, que se mofaban de la misa
cristiana, que se reunían en secreto y que estudiaban el
cristianismo sólo para atacarlo…). Los reyes escuchaban
estas acusaciones durante su viaje a Andalucía, donde, según
cuentan las crónicas, deciden tomar cartas en el asunto
frente a este grupo social que hasta entonces, no figuraba en
su programa de gobierno. En realidad los reyes tenían miedo
de revueltas e inestabilidades del reino debido al odio
popular que se le profesaba a este grupo; Incluso dentro de la
corte, Alonso de Espina escribe: <
El proyecto inquisitorial seguía en marcha.
En la Iglesia destaca el nuncio Nicolás Franco que llega a
España en 1475 (con la misión de poner paz entre Castilla y
Portugal) Por su parte el Fray Tomás Torquemada (prior del
convento dominico de Avila y confesor de los reyes) escribe
«las cosas que debían remediar los reyes» entre los
que destaca «los desmanes» de los Judíos.
Roma y los reyes comienzan una negociación cuyo punto de
choque principal es el poder de nombrar los inquisidores
(ambas partes quieren tal privilegio)… finalmente se alcanza
acuerdo en la bula «EXIGIT SINCERAE DOVOTIONIS».
Desde que se dicta la «EXIGIT SINCERAE DEVOTIONIS»,
los reyes aun tardan casi dos años en hacer uso de sus nuevas
atribuciones. Realmente (y nunca mejor dicho lo de real, no
tanto lo de mente) los reyes estaban convencidos que la
convivencia entre las dos razas eran imposible, estaba tan
deteriorada la situación que ya parecía que el reino iba a
entrar en crisis, quizá como única salida antes de la
expulsión de los conversos, ¿la de los judíos declarados
como tal ya estaba decidida? Se les ocurrió lo de la Inquisición que demostrase que los conversos eran buenos
cristianos, y «eliminasen» los que no lo eran. Ello
era mejor que los incipientes ataques, y matanzas, contra los
conversos. Los ejemplares castigos serían suficientes para
hacer la selección. Todo era por la cohesión y la unidad del
Estado.
1481 se crea la Inquisición de Sevilla, 1482 la de Córdoba,
etc. Y nombran los inquisidores. El Papa, arrepentido de los
poderes dados en la bula, nombra a siete inquisidores para
Castilla, y los reyes, que no quieren perder sus privilegios,
crean el Consejo de la Suprema y General Inquisición, como un
organismo nuevo, que coordina los suyos con los de Roma.
Evitan así el enfrentamiento, sin ceder poderes.
El tribunal más terrible de esa primera época es el de
Sevilla, en pocos días llenan la prisión, en una auto de fe
de 1481 se queman seis personas y hasta 1488 se llega la cifra
de 700 quemados y 5000 encausados. Tal situación dramática trae como
consecuencia una conspiración contra los inquisidores, que,
descubierta, llega a un endurecimiento y represión. Algunos
conversos piden refugio al marqués de Cádiz, que se lo
concede, lo que provoca una reacción de la Inquisición
contra él. Finalmente muchos huyen a Portugal.
Las noticias de los desmanes hacen que Roma salga en
defensa de los conversos, y los obispos tomen partido por
estos. En 1482, el 29 de Enero, se firma la bula «NON
DUBIDAMOS» en la que se censura la actitud de los
inquisidores sevillanos, sus prisiones injustas, los
desproporcionados tormentos, y proclama el retorno a la Inquisición medieval.
Los reyes contestan, y dicen del fracaso de la
Inquisición
en Aragón y la inexistencia en Castilla. Finalmente el Papa
cede y acepta a Torquemada como gran inquisidor. La nueva
Inquisición sustituye, definitivamente a la medieval.
El quedar toda la Inquisición bajo el control de una sola
persona, los intereses del Estado y de la Iglesia quedaban
armonizados perfectamente.
INQUISIDORES FAMOSOS
Tomás de Torquemada (1420-1498), entra en la orden dominica. Fue confesor de la Reina Católica,
e influye en la reina a «emplear cuantas medidas fueran
necesarias para disminuir la influencia de los conversos»
(¿religión o política?) Respecto a los judíos opta por el
destierro o por el bautismo y la segregación y aislamiento de
los mismos en tanto no se tome ninguna de estas dos medidas.
Desde 1480 la vida de los conversos se hace muy dura. Las
cifras, solo conservadas de forma parcial, habla de Tribunal
de Toledo desde 1586 a 1587 unas 1000 causas pero se ignora
las condenas a muerte, el Tribunal de Ciudad real, 2000 causas
con unos 52 condenadas a muerte, En el Tribunal de Zaragoza 70
víctimas, cuatro en Barcelona, 18 en Valladolid, y el
Tribunal de Mallorca con 347 penas de muerte entre 1488 y
1499.
En fin, la prisión, el secuestro de bienes, la muerte y la
infamia gravitaban constantemente sobre todo descendiente de
hebreos. Es una época de ataques y acusaciones recíprocas:
los judíos acusan a los cristianos de secuestrar a sus hijos
y bautizarlos por la fuerza y los cristianos acusan a los judíos
de asesinar niños cristianos.
El clima de enfrentamiento crece hasta que el 31 de marzo
de 1492 se decreta la expulsión del territorio español de
todos los judíos… ¿alguna razón más? Claro que sí…
embargo de bienes que viene muy bien a las arcas reales. Unos
150000 a 200000 hebreos abandonan la tierras del reino.
Continuaron a Torquemada los nuevos inquisidores generales,
que fueron sucesivamente:
Diego Deza (aún mas intransigente que Torquemada ) y Jiménez
Cisneros.
Es una época de represión dura, que provocará numerosas
protestas al Papa: destaca, como ejemplo negativo un personaje
llamado «Diego Rodríguez Lucero» (en chiste a su
apellido se le llamó el Tenebrario) de las figuras mas
protervas de cuantos tuvieron el «honor» de ser
inquisidores. Hombre codicioso que no dudó en realizar falsas
acusaciones con fin de embargar bienes. Algún miembro del
clero se le quiso enfrentar ante tales abusos, como el
Arzobispo de Granada. Este Arzobispo era fray Hernado de
Talavera. La reina le dio aquella diócesis con la misión de
convertir a los musulmanes que había en Granada tras la caída
de la ciudad. No sé si lo dictaba su conciencia, o era que
estaba recogido en las capitulaciones, el caso es que este
arzobispo se rodeo de sabios musulmanes para comprender al
Islam e intentó enseñar cristianismo en árabe y desde la
mentalidad árabe. Es decir con paciencia y diálogo, (era
contrario a lo que pensaba el que, a la sazón, era el
inquisidor general… Cisneros, que prefería conversiones
aceleradas). Talavera quiso limitar el poder de la Inquisición,
lo que molestó, en gran medida a Lucero (el tenebroso). Como
la persona de Talavera era inviolable, Lucero no dudo prender
a hermana y sobrino, torturarlos y sacar de ellos confesiones
horribles sobre la persona del Arzobispo. Talavera fue acusado
de Judaizante (eso que estudiaba árabe)… y empezó un
calvario para el pobre señor. Dada su condición, los autos
fueron remitidos a Roma, donde fue absuelto y declarado limpio
de toda acusación… pero ya era demasiado tarde, ya que
Talavera había fallecido, debido a unas fiebres causadas por
ir descalzo en procesión.
En fin, Inquisición… confiscación de bienes,
confesiones bajo tortura consideradas válidas, secreto de
quien formulaba la denuncia… ¿y los falsos denunciantes? Utilización
para venganzas personales, para conseguir dinero, denuncias
para eliminar competencia, (o por la simple razón de que
alguien resultaba molesto para los propios intereses o gustos), abusos de todo tipo (sexuales
incluidos)…
Contra los judíos… no, la Inquisición no
tomaba cartas activas en el asunto, para eso, primero estaba «el pueblo»,
que de acuerdo a las circunstancias arriba mencionadas, obligaban
a los judíos a convertirse (o morir o ser expulsados…o…),
después, la Inquisición ya tenía jurisdicción sobre los
nuevos conversos.
A la muerte de Torquemada (1498), se decía que el número de
falsos conversos era demasiado numeroso, que seguían
practicando la religión de sus mayores, o que eran
judaizantes… ¿qué era esto? No se sabe bien, algunos lo
interpretan como que hacían proselitismo judío, aunque es más posible que simplemente limaran las asperezas del
cristianismo, lo más escandaloso desde el punto de vista judío;
esto se puede ver en algunas acusaciones: Confesar sus pecados
cara un muro y no al sacerdote, cortar la yugular a los
animales, realizar de forma característica sus oraciones, en
diferente forma a los cristianos ortodoxos, realizar la pascua
con pan ácimo, rechazar las peregrinaciones y el culto a
santos e imágenes, rechazar las indulgencias… otros van mas
lejos: no celebran el ayuno cuaresmal, rechazar dogma de la
santísima trinidad, o el de la transfiguración del pan y el
vino.
¿Existía un derecho procesal? El derecho procesal nace como un derecho de
ordenación del proceso y garantiza el derecho a justicia para el reo. Este va a
saber lo que va a suceder, y las autoridades deben encuadrar
su actuación de acuerdo con lo previsto en la ley sin
extralimitarse… ¿existió un derecho procesal
inquisitorial?
No, claro que no, la Inquisición no tuvo una instrucciones
sistemáticas y precisas hasta el año 1561, y las
instrucciones de este años son prácticas. Básicamente era:
1.- Sospecha de herejía: Se comenzaba por unas
calificaciones de teólogos y declaraciones de testigos… el
fiscal presenta cargos. Si las pruebas no «eran
suficientes» no se llamaba al reo a que fuera
«examinado», pero sí, si se consideraban los
indicios suficientes en cuyo caso se decreta prisión, (si
eran personas de «calidad» había que pedir permiso
al Consejo antes de decretar prisión»).
2.- La prisión la ejecutaba el alguacil de la
Inquisición,
al tiempo que se decretaba el secuestro de bienes.
3.- Se procedía a una primera audiencia que no era
más que
un primer interrogatorio sobre cuestiones generales de la ley,
(su genealogía, vida, instrucción cristiana) y se recomienda
a los jueces no apretar demasiado en este primer
interrogatorio, pero tampoco a dar fácilmente credibilidad a
las respuestas.
4.- El fiscal realizaba su denuncia, caso que las
respuestas no le fueran satisfactorias, que versaba sobre:
Delito de herejía o falta de cristiandad, (únicos delitos a
los que atendía esta «Santa» Inquisición)
5.- El fiscal salía de la sala con fin de que el
interrogado pudiera responder, con mayor libertad, de las
acusaciones, no sin antes pedir que se le aplicara tormento en
caso de que las respuestas no fueran satisfactorias. Los
inquisidores realizaban el interrogatorio y le recordaban que
estaba bajo juramento. El reo se preparaba a responder.
6.- Las sucesivas audiencias. Se supone, que la finalidad
de la Inquisición era medicinal que vindicativo, por lo que
se buscaba que el reo reconociera y se retractara de su error.
Éste «no estaba dispuesto a reconocer» su error de
buenas a primeras por lo que se entablaba un debate, un
contencioso debate, entre las dos partes, forcejeo entre el
tribunal y el acusado que incluía nombramiento de letrados,
citación de testigos e incontables (e interminables)
interrogatorios. Había que contestar con mucho cuidado, el
acusado no sabía con que «pruebas contaba el
acusador», a veces no sabía ni la acusación en sí, y
cualquier respuesta podía dar lugar a una nueva acusación…
no sabía quienes lo acusaban, pero sabía el resultado de
las pruebas testificales.
¿Tenía el reo derechos?… casi podríamos
decir que sí: Tenía derecho a
solicitar que se le admitieran pruebas y testigos de descargo
(presentaba una lista, pero el tribunal podía tachar a los
que no considerara pertinentes), y además presentar otros
medios de prueba que considerase. Eso sí, tenía derecho a
ser recibidos en cuantas audiencias quisieran. En ocasiones
todo el proceso duraba años.
7.- Sentencia, por votación, de los inquisidores de
distrito con voto no libre sino determinado en las
instrucciones.
Los reos eran divididos en tres grupos:
- confitentes: que eran los admitidos a reconciliación
con confiscación de bienes, un hábito penitencial (sambenito,
y de ahí que a una persona le cae un sambenito) y cárcel
perpetua. - Los pertinaces: eran entregados al brazo secular de la
ley para ser quemados (pues la Iglesia no hacía esas
cosas) - Y los semiplenamente convictos: que pagaba con una
abjuración de vehementi o de levi, con la compurgación o
con un tormento vindicativo, que nada tenía que ver con
el tormento para la confesión.
El acto final se realizaba un acto de fe público. (Por
cierto, en una época, se utilizó más con los protestantes
que con los judeoconversos)
En fin todo una lindeza procesal… para qué contar más…
FINAL.
Los reyes católicos marcan la época de una manera
especial. A partir de ellos, y salvo un breve período en que
se une la corona de «España» (el entrecomillado es
debido a lo discutible que tal reino mereciera ese nombre,
pues eran la corona de Castilla y Aragón) y la de Portugal,
en el reino no volverá a haber judíos, situación
que se mantiene hasta la revolución de 1868 en la que se
proclama la libertad religiosa, lo que supone, implícitamente,
la derogación del decreto de expulsión, aunque la primera
sinagoga en España no sería abierta hasta el año 1917; en
1924 el general Primo de Rivera dio, a los judíos sefardíes
que lo solicitasen, la posibilidad de «recuperar» la
nacionalidad española.
Si
les quedan interrogantes, comentarios o sugerencias,
háganlas llegar que son siempre muy bienvenidas.
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