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 Lic. Prof. Yehuda Ribco // Tevet 9, 5766 - 9/1/06

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     Justicia perseguirás


"El que justifica al impío y el que condena al justo,
ambos son abominables al Eterno.
"
(Mishlei / Proverbios 17:15)

Te daré cinco pautas básicas e imprescindibles para que estés en el camino de la justicia.
Créeme que te será de mucho provecho para todos los días de tu vida.

Uno: no prejuzgar
No has de pre-juzgar.
¿Qué es el pre-juicio?
Emitir una sentencia, una conclusión sin recabar suficientes y necesarios datos, y sin analizarlos con la mejor disposición por alcanzar la verdad.
Juzgar basado en pre-conceptos, o en ideas pre-fabricadas que no son corroboradas con los datos de la realidad.
Ejemplo (con todas las disculpas para las personas negras):
si ves a un hombre negro, vestido regularmente, que apunta un revólver a un distinguido hombre blanco... ¿en qué piensas de inmediato?
Si eres una de esas personas prejuiciosas que ha sido adiestrada en la maldad del racismo, tu mente de inmediato tendrá una sentencia: "negro ladrón, son todos iguales".
Si te tomaras la molestia de no prejuzgar, quizás descubrirías que el hombre blanco había querido matar al hombre negro, simplemente porque su piel es negra; el agredido se defendió, tomó el revólver del blanco y le apuntaba en tanto esperaba que llegara la policía, que él había llamado desde su teléfono celular.
El pre-juicio es tan común que pasa inadvertido, pero nos manejamos muchas veces con él... y en confusión andamos.

"No hagáis distinción de personas en el juicio; oiréis tanto al pequeño como al grande. No tengáis temor de nadie, porque el juicio es de Elokim."
(Devarim / Deuteronomio 1:17)

Dos: evidencias y testimonios
Para alcanzar un juicio es indispensable recolectar todos los datos posibles, sean éstos evidencia física o testimonios provenientes de personas en las que se puede confiar.
Si no hay evidencias, entonces no hay posibilidad de juicio; tan solo se puede pre-juzgar o en el mejor de los casos tener indicios de certeza, pero no una sentencia concluyente.
Ejemplo:
Carlos te confesó hace unos meses que había sido él quien te sustrajo quinientos pesos.
Hoy te faltan quinientos pesos nuevamente. Los buscas, pero no están. Preguntas, pero nadie sabe.
Sin más, llamas a la policía y acusas a Carlos del robo de los últimos 500 pesos.
Carlos y tú comparecen esa misma tarde ante el juez, y tu única "evidencia" es tu sospecha basado en el robo confesado de hace meses atrás.
¿Tú crees que un juez cabal emita condena en contra de Carlos?
Solamente basados en evidencias reales que se relacionan con el hecho concreto a juzgar, y/o en testimonios confiables es como el juez avanza por el oscuro camino de la incertidumbre hacia la luz de la verdad. Por cierto que no la alcanzará, pero está en el camino y en el esfuerzo la recompensa.

Dentro de este apartado se incluye el juicio imparcial, que no se inclina por razones sentimentales o por favoritismos de cualquier tipo.
Es la verdad la luz del juicio, no saciar los deseos y anhelos secundarios de nadie.
Por esto un juez debe oír a las partes del litigio sin privilegiar a ninguna, y cerciorarse de que ha comprendido correctamente lo que la persona ha expresado.
Si es un juicio interno personal, una reflexión, uno debe tomar en cuenta tanto los pro como los contra, sopesarlos con mesura, usar el intelecto para hallar la luz de la verdad, y no dejarse llevar por ansías o afanes.

"No harás injusticia en el juicio. No favorecerás al pobre, ni tratarás con deferencia al poderoso. Juzgarás a tu prójimo con justicia."
(Vaikrá / Levítico 19:15)

Tres: no tomar el todo por la parte
Si las evidencias y/o testimonios que han sido recogidos y estudiados cabalmente demuestran que el hecho se ha consumado, estamos en condiciones de emitir una sentencia, con toda lealtad y confianza.
Sin embargo, un hecho demostrado y sentenciado es solamente eso: un hecho demostrado y sentenciado.
No se puede sacar conclusiones que abarcan una totalidad aunque una de sus partes apunte hacia esa conclusión.
Es decir, si tal persona ha robado y se pudo demostrar, la sentencia declara que tal persona ha robado, pero NO determina que esa persona es un ladrón.
¿Comprendes la diferencia?
Alguien que roba NO ES un ladrón, es alguien que ha actuado como un ladrón.
Por otra parte, no podemos ser ingenuos y debemos tener los ojos abiertos para reconocer tendencias.
Si tal persona roba todas las semanas, y se lo puede demostrar cabalmente, entonces podemos suponer que tal persona en efecto tiene la tendencia a ser un ladrón; pero no por eso lo pre-juzgaremos, sino que igualmente lo consideraremos cada vez a la luz de la evidencia oportuna.
Te daré un ejemplo de la vida cotidiana, que quizás te sirva:
perdiste el examen de matemáticas. Es un hecho, está juzgado y demostrado. Has fracaso en ese examen, PERO no por eso debes considerarte un tonto, ni un inepto para el estudio, ni un fracasado, ni alguien ajeno a aprender algún día matemáticas. No puedes tomar la parte por el todo, por lo tanto sólo tienes derecho a decir: perdí un examen, para la próxima estudiaré más, o dormiré mejor, o tomaré té calmante antes del examen, o... lo que sea, pero no puedes humillarte por un hecho negativo.
Ahora, si pierdes siempre el examen de matemáticas, entonces podemos suponer que tienes una tendencia al respecto, por lo cual habrás de encontrar los verdaderos motivos para tal predisposición y tomar los recaudos al respecto.
Quizás en verdad el estudio no sea para ti... pero eso no lo puedes pre-juzgar, ni suponerlo basado en ideas no concretas, o por uno o dos fracasos...

"Serás íntegro para con el Eterno tu Elokim."
(Devarim / Deuteronomio 18:13)

Cuarto: juzgar personas, sino acciones
Luego de llegar a un veredicto, solamente podemos emitir juicio al respecto del hecho, pero por lo que hemos visto, no tenemos derecho a emitir un juicio de valor sobre la persona que lo cometió.
Debes aprender a diferencias entre lo que una persona es, y lo que una persona hace.
De esa manera te evitarás confusiones y malos ratos.
Hitler, borrado sea su recuerdo, era sin dudas malvado, pero hasta ese maldito hacia cosas buenas. No sé, amaba a su perro, criaba un hámster, dio una limosna alguna vez, quería a algún amigo... no sé que cosa buena el infernal personaje tenía, pero no dudo que en su maldad también pudo hacer un par de buenas acciones.
Por otra parte, la misionera Teresa de Calcuta, sin dudas era una buena persona hacia su prójimo, pero indudablemente también hacia cosas malas, como por ejemplo adorar falsas deidades y promover esa aberración.
Así pues, gente mala puede hacer cosas buenas.
Gente buena puede hacer cosas malas.
Por lo que no estamos habilitados para juzgar personas, solamente los actos que cometen (, igualmente recordemos aquello de las "tendencias" que hablamos más arriba).

En general somos buenos, pero que hacemos cosas malas o nos equivocamos y el resultado es un perjuicio.

También en este apartado esta el reconocer que no tenemos jamás la capacidad para juzgar motivos, sino tan solo hechos consumados o la evidente tentativa de un hecho.
Si evitamos juzgar el corazón de nuestro prójimo, nos apartamos de malos sentimientos y crasos errores.
Sólo el Eterno juzga el corazón.

"...Oh Eterno de los Ejércitos, que juzgas con justicia y escudriñas la conciencia y el corazón..."
(Irmiá / Jeremías 11:20)

Cinco: confianza y firmeza
Luego de emitido un juicio, y habiendo respetado las cuatro pautas anteriores, puedes sentirse sereno y tranquilo.
No es necesario volver una y otra vez a re-juzgar el asunto, sino que debe quedar cerrado, bajo la  llave de la decisión firme.
Claro, si nueva evidencia surge, y es valedera, tienes tiempo de rectificarte; pero si no hay tal nueva evidencia, entonces que tu corazón esté en paz.

"El corazón alegre trae sanidad, pero un espíritu abatido seca los huesos."
(Mishlei / Proverbios 17:22)

Sigue este link, por favor.

Una invitación personal

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"La persona generosa será prosperada, y el que sacia a otros también será saciado."
(Mishlei / Proverbios 11:25)

Notas:

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