Recibimos y agradecemos este texto:
Israel e Irak ante las
resoluciones de ONU
Buenos Aires, 26 de marzo, 2003
Nota N°66/03
Estimado Señor Lanata;
En el comienzo de su programa "Día D Clásico" del domingo 23 de marzo,
afirmó que, la gran víctima de la guerra, es la verdad. Me permito agregar
que, la gran víctima de los medios, es la precisión.
En relación a Israel, mencionó 46 Resoluciones de Naciones Unidas, como
incumplidas, comparándolas con las 17 Resoluciones no implementadas por
parte de Irak. Supongo que, al hablar de Resoluciones, se refiere a las del
Consejo de Seguridad de Naciones Unidas.
Los números, en apariencia, son impresionantes. Sin embargo, nada dijo sobre
el contenido , tratamiento, ni - una cuestión fundamental- sobre cuál es el
status jurídico de esas Resoluciones.
Para su conocimiento le comento que, las Resoluciones del Consejo de
Seguridad, relativas al conflicto árabe israelí se refieren a
responsabilidades compartidas entre las partes. Así, las Resoluciones
relativas al conflicto árabe - israelí, incluyendo las centrales, N° 242 y
N° 338, requieren, para su implementación, el acuerdo de las partes
involucradas.
En lo referente a Irak, por el contrario, las Resoluciones que el Consejo de
Seguridad tomó, contienen obligaciones unilaterales sobre un Estado en
particular. Ese Estado es, en consecuencia, el encargado de actuar, para dar
pleno cumplimiento a las demandas de la Comunidad Internacional.
Israel hizo lo posible por respetar y dar cumplimiento a las resoluciones
relevantes del Consejo de Seguridad de Naciones Unidas. Los Tratados de Paz
- con Egipto y con Jordania- se basaron en las resoluciones 242 y 338.
Israel se esforzó para lograr un acuerdo con los palestinos, efectuando
propuestas - sin precedentes- durante la Cumbre de Camp David (2000). El
fracaso de esa Cumbre no se debió, fundamentalmente, a la posición de
Israel. Tanto allá, como en estas latitudes, "se necesitan dos para bailar
el tango".
Sumado a esto, tanto el Secretario General de Naciones Unidas ( 22 de mayo,
2000), como el Consejo de Seguridad ( Informe del 18 de junio, 2000),
establecieron que Israel retiró sus fuerzas del Líbano, en forma completa,
conforme a lo dispuesto por la Resolución 425 del Consejo de Seguridad de
Naciones Unidas. A pesar de ello, Líbano continúa cuestionado el pleno
cumplimiento de la Resolución que, por su parte, no implementó las
obligaciones que le impone.
La cuestión relativa al " status jurídico" de las Resoluciones del Consejo
de Seguridad, tal vez, pueda parecer de un mero diletantismo diplomático.
Sin embargo tiene relevancia fundamental. Las referidas al conflicto árabe
israelí se basan en el Capítulo VI de la Carta de Naciones Unidas, que
conciernen al "Arreglo Pacífico de Controversias" y, por tanto, no son
vinculantes para las partes.
En el caso de Irak, las Resoluciones claves se fundamentan en el Capítulo
VII de esa Carta y se toman en caso de "Amenazas a la Paz, Quebrantamientos
de la Paz o Actos de Agresión" y, por esa razón, son vinculantes para el
Estado en cuestión.
Queda claro, por tanto, que ambas categorías de Resoluciones, son
incomparables.
También, al comienzo del programa, se refirió a los países que tienen en su
poder armas nucleares. En este sentido, deseo recordarle que fue la propia
Comunidad Internacional la que aprobó, en el marco de las Naciones Unidas,
el 12 de junio de 1968, el Tratado de No Proliferación Nuclear, que define
como países nucleares a "todos aquellos que fabricaron armas nucleares o que
realizaron ensayos nucleares con anterioridad al 1° de enero de 1967",
enmarcando en esa categorización únicamente a 5 países. Otros estados - hoy
187-se adhirieron al Tratado como ´ países no nucleares ´ , a los cuales no
les está permitido desarrollar armamento nuclear. No cuestiono el derecho
ciudadano, en cualquier parte del mundo, de criticar a Israel o sus
políticas. Israel, efectivamente, no es parte contratante en ese Tratado sin
ser ni el único, ni el más importante, entre los países que no lo son.
Entiendo que, apuntar exclusivamente a Israel, es mostrar tendenciosidad
manifiesta.
Israel reiteró, a lo largo de años, que no será el primer país en introducir
la utilización de armas nucleares en Medio Oriente. Propició , teniendo en
cuenta la realidad política de la región, un enfoque gradual, a culminar en
un eventual establecimiento de una zona, mutuamente verificable, libre de
amenazas balísticas, químicas, biológicas y nucleares. Esta zona libre será
factible, solamente, si emanara " de" y abarcara " a" todos los Estados de
la región.
Atentamente,
Benjamin Oron
Embajador de Israel
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