Claves: Pareja, sexo, sexualidad, genitalidad,
cónyuges, esposos, goce, gozar, placer, restricción, aversión.
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Shalom.
Gracias por participar con sus inquietudes.
Pues, no, no es así.
Aunque... aclaremos.
El goce mutuamente compartido de los cónyuges incluye el plano de la
sexualidad.
Pero atención: placer sí, en tanto sea dentro de sus límites correctos. Es
decir, como momento de intimidad de la pareja de casados, que hace
prevalecer el respeto antes que el desenfreno de los deseos.
Podría indicarle citas legales para apoyar esta respuesta, pero en esta
ocasión prefiero inducir la respuesta.
Cuando la mujer está preñada, ¿está permitido el contacto sexual de los
esposos?
¿Y cuando ella ha pasado la edad de fertilidad?
¿Y si alguno de los dos es estéril?
En todos estos casos las relaciones sexuales están permitidas, y es evidente
que no pueden tener por finalidad la concepción, pues según planteamos ésta
no es posible (o está en curso) Y si la relación no es para procrear, ¿no
será por placer?
Si extendemos esta conclusión a una pareja en situación normal, el
contacto sexual entonces además de su probable cariz reproductivo, también
indudablemente tiene la del goce.
En definitiva, gozar (en todos los aspectos) es bueno, y muy bueno es
hacerlo del modo adecuado. La aversión al cuerpo y a sus bondades no es
parte del judaísmo esencial, sino ideas foráneas, o restricciones
inadecuadas para alcanzar la armonía.
Si le quedan dudas, quedo a
las órdenes.
Iebarejejá H' - Dios te bendiga, y que sepamos construir Shalom
Yehuda Ribco
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