Esther nos consulta:
Saludos Moré;
En otro foro he podido leer acerca del aborto y que a la mujer se le está permitido abortar siempre y cuando el bebé no haya asomado la cabeza y siempre que la madre esté en peligro de muerte. Pero si la madre decide aun no habiendo nacido el bebé, dejar su tratamiento para llevar a cabo su embarazo auque eso le suponga su fallecimiento (la de la madre). ¿Está cometiendo un acto grave contra el Todopoderoso? Gracias por su dedicación.
Esther Alicante, Petrer
Buen día, gracias por su pregunta.
Lo que usted menciona: “a la mujer se le está permitido abortar siempre y cuando el bebé no haya asomado la cabeza y siempre que la madre esté en peligro de muerte”, si no me equivocó, usted lo ha tomado de algún foro de opinión sobre judaísmo, porque según me parece recordar esa es una norma que aplica a mujeres judías, dentro de lo que es la legislación judía.
El aborto para las mujeres noájidas, como es su caso, es un poco diferente.
De acuerdo a la visión de los antiguos sabios del judaísmo, según entienden en un versículo de la Torá (el Pentateuco), el aborto es una acción prohibida para los noájidas a partir del día cuarenta de la concepción. (Puede leer al respecto aquí, regla 3).
Sin embargo, no todos los rabinos se pusieron de acuerdo en si es permisible el aborto cuando la vida de la madre está en peligro (mismo link, regla 7).
Pero, están todos de acuerdo en que la vida de la madre antecede a la del feto, por lo cual, la madre no tiene derecho a optar por morir para que por ello viva su feto, sino que ella deberá vivir.
Por lo cual, la mujer deberá cuidar su vida y no cometer suicidio, ni directa, ni indirectamente, con la excusa de que con ello el bebe nacerá y vivirá. Ella está primero. Esto incluye el hecho de que la salud de la madre se afecte gravemente, lo que podría llevarla a la muerte. Deberá accionar para tomar recaudos también por su salud.
Por otra parte, recordemos que los mandamientos son de Dios para los noájidas, no de los rabinos, ni del judaísmo. Es Dios quien los ha dictado para que las personas los conozcan y cumplan.
Las reglas derivadas NO dependen de la decisión de rabinos, sino de los organismos legislativos y judiciales que cada sociedad ha instituido.
Por lo cual, las personas gentiles deberán conocer y cumplir las leyes de sus sociedades, siempre y cuando no contradigan alguno de los mandamientos que el Eterno les ha dado.
Sería bueno que los legisladores tomaran en cuenta las normas del código judaico, como una referencia, como un importante puntal para la legislación, sin por ello asumir que todas las normas judías son aplicables y necesarias para los gentiles.
Entonces, conozca las leyes de su país, cotéjelas con los Siete Mandamientos y entonces cúmplalas cabalmente.
Que sepamos construir Shalom.
Moré Yehuda Ribco
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