Muchas gracias por su respuesta, rápida y cordial, a mi pregunta.
Le hago ahora, con su permiso, otra pregunta.
1) Soy docente en la Facultad de Abogacía de una Universidad privada en Buenos Aires, Argentina. La Casa está cerca del tradicional barrio judío de El Once, por lo cual, a veces, tenemos alumnos observantes y, algunos, han asistido a las aulas con sus sombreros negros. Hasta hace muy pocos años, la regla "escrita" de la Facultad establecía que se asistía a clase de traje y corbata, con zapatos y todos los detalles que hacen a la presentación de un Abogado en nuestros Foros. Pero ese Reglamento, como muchos otros, fue arrasado por el Siglo XXI y hoy los alumnos concurren a clase vestidos como para ir al Club, llevando entre otros adminículos, gorras y sombreros. La lógica reacción de los docentes fue que cada uno en su aula, por sí y ante sí, prohíbe a los alumnos concurrir con cubrecabezas.
2) Debatiendo con los profesores el tema de los alumnos judíos observantes, me pidieron opinión (¡justo a mi!). Le aclaro que de mi cultura judía se reduce a algunos viejos comentarios familiares y a las consultas al "Manual Enciclopédico Judío" de Pablo Link y a las "Tradiciones y Costumbres Judías" de Erna C. de Schlesinger. Como adelanté en mi mail anterior, dictaminé -de acuerdo a mis lecturas- que, dado que la Ley no se refiere al tema y sí los comentarios de los estudiosos, el solideo debía ser aprobado por la Universidad, pero que el uso del sombrero podía ser reglamentado. Después de todo es una Facultad de Derecho.
3) Mi pregunta, abundando sobre el tema anterior, es la siguiente. Dado que se trata de una cuestión de convivencia entre grupos de jóvenes que en su gran mayoría carecen de otras pautas que no sean las de los grupos de jóvenes, y que es deber del instituto formar integralmente al educando que, cuando se gradúe, deberá moverse en un medio que no acepta de buen grado los arrebatos juveniles: ¿ El alumno judío podría adaptarse a esa normativa y acatarla o, si se la impone, puede causarle graves problemas ?
Le agradezco la orientación si considera que puede dármela y lo saludo muy atentamente
Basko
(Ombúes de Lavalle – República . Oriental del Uruguay)
Shalom,
"¡Bendito el que viene en el nombre del Eterno!" (Tehilim / Salmos 118:26).
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Gracias.
Efectivamente no es un mandamiento llevar la cabeza cubierta, no se encuentra dispuesto directamente por la Torá.
Pero es una tradición de larguísima data y valioso sentido, tanto en el plano social, emocional como en el espiritual.
Por lo cual, es una costumbre que debe ser respetada en la medida de las posibilidades por los judíos que desean vivir en fidelidad y amor al Eterno.
Básicamente si en su Facultad admiten el uso de la kipá, el gorrito, la costumbre estaría contemplada correctamente, puesto que esa cobertura de cabeza cumple con los requerimientos de la Tradición.
Pero, existen ciertos grupos dentro del judaísmo que consideran necesario que la cabeza esté completamente cubierta, no solamente en un diámetro parcial sino en la totalidad o mayor parte de la cabeza. Y están los que consideran que se debe seguir a ultranza con la costumbre de usar sombrero, y no cualquiera sino aquel que está en concordancia con las pautas de su grupo "religioso".
Por tanto, la Facultad debiera considerar que no se está ante una moda, ni una extravagancia, ni ante una ofensa hacia las creencias o usos ajenos, sino ante una modalidad del judaísmo plenamente fundamentada, que parte de principios espirituales arraigados.
¿Con qué derecho la Facultad se puede negar a que una persona viva a su modo el judaísmo, si este hecho de por sí no atenta en nada en contra de otros, del clima de clase, de la convivencia, etc.?
Tenga presente que uno de los motivos para llevar la cabeza cubierta es el recordar constantemente que tenemos a Alguien por sobre nosotros, encima de nuestro intelecto, encima de nuestras modas sociales, encima de nuestros deseos personales. Que sus normas no impidan cumplir con Sus normas, ese sería, desde el punto de vista del judaísmo, el principio del Derecho.
Si le quedan dudas pertinentes, hágalas llegar.
Iebarejejá H’ – Dios te bendiga, y que sepamos construir Shalom.
Moré Yehuda Ribco
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Desde otro punto de vista, la prohibición que una institucion pública o privada reglamente en el sentido de vedar el ejercicio pleno de una manifestacion religiosa, resulta, a mi enteder, transgresión directa a la libertad de culto. Así, el reprobar el uso de un sombrero (o cualquier otro elemento) que represente y sea, como en verdad lo es, una manifestación distintiva, clara, inequivoca y real de las creencias de un determinado grupo religioso resulta lesivo de los derechos humanos y podría eventualmente, ser materia de amparo constitucional dependiendo de la legislación vernácula. Ya asuntos similares han sido analizados en mi… Read more »
Tengo conocidos judíos que no han tenido esa suerte en Institutos Estatales de Educación en mi país. Ni como empleados ni como docentes ni como estudiantes.
Lo que menciona es lamentable. El último eslogan mundial es la tolerancia, muchas veces hacia cosas o situaciones que a mi entender no lo ameritan (tolerancia al homosexualismo por ejemplo), pero no se es tolerante hacia las prácticas edificantes y no dañosas que un grupo de personas practica en el seno de sus creencias (como Shabat o cubirse la cabeza). Es, tristemente contradictorio. Han intentado aquellas personas que menciona, amparar sus derechos judicialmente?
es mas facil hablar de Ha Satan que del Hashem en las escuelas públicas del mundo, es aberrante que no existan ni cinco minutos, ni tan solo medio minuto para orar en las escuelas públicas, ni en las propias oficinas, por miedo a no se que, porque al gobierno y en especial a las autoridades educativas se le hace màs facil enseñar brujeria que darle un lugar a Dios, para que esa obra de frutos?, es màs viable que cada menor o educando en cualquier etapa vea en Dios a un Supremo Instructor. Cuando veo las obras de tus dedos… Read more »
yo estoy en contra de que se rece en lugares publicos tal como escuelas o oficinas… eso seria aberracion total… una intromision en la vida privada… todos los paises deberian desterrar la maldicion de las escuelas y otras oficinas mezcladas con religiones!!!!!! el que quiera religion que vaya a su comunidad religiosa!!!!!!!! los que saben encontrar a dios en cualquier parte no precisan que los obliguen a rezar en estatutos publicos!!!!!!
si totalmente de acuerto con clable. realmente seria aberrante, mas aún en paises catolicos como los de latinoamerica.
Yo definitivamente estoy en contra de cable, aunque en cierta manera tiene razon, pues el judaismo no es «una religion», pero aca en los estados unidos cuando los judios salimos de viaje y nos encontramos en la carretera y debemos cumplir con nuestros rezos tradicionales simplemente buscamos un rest area y a como podemos encontramos un luegar y rezamos, asi como tambien lo encontramos muchas veces en el Talmud que nuestros sabios acostumbraban rezar donde les tocara la hora de rezar e incluso si no podian para hasta rezaban montados en sus burros o caballos, pero si usted senior cable… Read more »
yankel querido: yo creo que lo que esta diciendo cable es que no se debe imponer como obligacion que se rece en oficinas o escuelas publicas, como estaba proponiendo el usuario priego. no me parece que cable este hablando de la practica individual y no intromisiva de «religiosidad» en publico.
es como dice yehuda!!!! no me meto con lo que uno en privado quiera hacer aunque este en lugar publico…..
OK entonces te debo una disculpa cable!
Te mal interprete y esto pasa a menudo, pero mis sinceras disculpas cable…… entonces parece que coincidimos!
Kol Tuv!